¡“NUEVA LEY” DE APOLOGÍA DEL TERRORISMO ES MORDAZA FASCISTA, RECHAZARLA EN DEFENSA DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES DEMOCRÁTICAS DE LA CLASE Y EL PUEBLO!

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LA RESTRICCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES: EL CONFLICTO ENTRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LOS DELITOS DE OPINIÓN
Por Alvaro Naveros Barranco | España, 9 OCTUBRE, 2016

RESUMEN DE SUS IDEAS:
  1. La libertad de expresión es uno de los fundamentos del Estado de Derecho.
  2.  El límite del ejercicio del derecho a la libertad de expresión solo puede darse ante la necesidad de preservar otros derechos y tales límites deben estar fijados expresamente por la Constitución, pero, además, los límites no pueden ir más allá de lo razonable, es decir, de la necesidad y de la proporcionalidad.
  3. El delito tipificado en el Código Penal de España, de “enaltecimiento o justificación del terrorismo” restringe sobremanera el derecho a la libertad de expresión fundamentado en un bien jurídico de carácter tan etéreo como es la “dignidad de la víctima” que puede dar lugar a abusos en la persecución de oficio de opiniones interpretadas como una “justificación soterrada de terrorismo” o como “acto de desprecio o humillación a las víctimas del terrorismo”. Así, pues, tales abusos pueden darse fácilmente (en regímenes de ultraderecha).
  4. Por lo que esta tipificación del delito de “enaltecimiento o justificación…” constituye una expansión del poder punitivo del Estado, criminaliza cualquier opinión o expresión relacionada con el llamado terrorismo.
  5. Y más cabe preguntarse si ese tipo penal resulta necesario (en un Estado de Derecho)

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